La Segunda Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional acogió el recurso de amparo presentado por las comunicadoras María Isabel Soldevila, Margarita Cordero, y Norma María Shephard, contra del senador Alejandro Williams. El juez Pedro Reinaldo Vásquez , ordenó que Williams cesara definitivamente en las acciones tendentes a descubrir la identidad de las fuentes periodistas que están en poder de las periodistas.
El tribunal proclamó la confidencialidad del secreto de fuente y la invulnerabilidad del derecho a la información, como derechos indisolubles a la libertad de expresión.
El magistrado Vásquez Lora expresó que la sentencia es ejecutoria de pleno derecho, a pesar de cualquier recurso que se interponga, sin prestación de fianza, de acuerdo al artículo 29 de la ley 437-206, que instituyó el Recurso de Amparo.
Autor: Ramón Ramos
El tribunal proclamó la confidencialidad del secreto de fuente y la invulnerabilidad del derecho a la información, como derechos indisolubles a la libertad de expresión.
El magistrado Vásquez Lora expresó que la sentencia es ejecutoria de pleno derecho, a pesar de cualquier recurso que se interponga, sin prestación de fianza, de acuerdo al artículo 29 de la ley 437-206, que instituyó el Recurso de Amparo.
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